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Ley Karin a un año: poner la dignidad al centro… y cerrar la brecha de implementación

Por: Daniel Alejandro Valdés Conejo, Ingeniero en Recursos Humanos

Cuando hablamos de “poner a las personas primero” en el trabajo, suena obvio. Pero no siempre lo es.

La Ley Karin buscó justamente eso: que el trato digno sea regla y no excepción. A un año de su entrada en vigencia (1 de agosto de 2024), el balance muestra avances concretos… y nudos que todavía debemos desatar si queremos que la promesa se cumpla en todas partes, especialmente en las PYMES.

En lo positivo, la ley visibilizó prácticas normalizadas y activó mecanismos de protección. Entre agosto de 2024 y junio de 2025, la Dirección del Trabajo registró 44.212 denuncias; 66,4% fueron presentadas por mujeres y la principal causa (87,5%) fue acoso laboral. Del lado preventivo, la Superintendencia de Seguridad Social reporta que la Atención Psicológica Temprana se aplicó en 71% de los casos, junto con separación física (43%), trabajo remoto (5%) y suspensión de funciones (4%). Estos datos no solo hablan de mayor conciencia; muestran que hoy existen resguardos concretos que antes eran excepcionales.

Ahora, el desafío: la implementación es desigual. Un estudio reciente evidencia una brecha fuerte entre grandes empresas y microempresas: mientras las primeras avanzan con más recursos, solo cerca de la mitad de las microempresas declara contar con protocolos efectivos. Las limitaciones técnicas y presupuestarias amenazan con dejar atrás a un sector que genera más del 60% del empleo formal en Chile.

Desde una mirada crítica, la Ley Karin representa un avance innegable en la protección de la dignidad laboral, pero su eficacia está en duda cuando la capacidad de cumplir con sus exigencias depende del tamaño de la empresa. En otras palabras, corremos el riesgo de que la norma se convierta en un privilegio de quienes trabajan en organizaciones grandes, dejando a muchos trabajadores y trabajadoras sin una protección efectiva. Esa desigualdad es, en sí misma, una contradicción respecto del espíritu de la ley.

También es vital aclarar expectativas. La Ley Karin no convierte cualquier conflicto laboral en acoso, ni garantiza sanciones automáticas ante cada denuncia. Define conductas, exige protocolos y resguarda el debido proceso. Sin embargo, la falta de claridad en su comunicación ha generado temores y confusiones que afectan tanto a empleadores como a trabajadores, debilitando la confianza en su aplicación.

Mi postura es clara: la Ley Karin es necesaria y valiosa, pero debe ser evaluada con honestidad. Si bien abre un camino hacia relaciones laborales más justas, aún queda pendiente asegurar que ese camino pueda recorrerse en igualdad de condiciones, sin importar si se trabaja en una multinacional o en una pequeña empresa de barrio. Solo entonces podremos decir que la dignidad en el trabajo dejó de ser un discurso para transformarse en una realidad cotidiana.

Fuentes de la Información:

  • Ministerio del Trabajo, Gobierno de Chile (2024). Entra en vigencia la Ley Karin. Disponible en: gob.cl
  • El País (2025). Ley Karin: luces y sombras en la batalla contra el acoso laboral. Disponible en: elpais.com
  • UC–ACHS (2025). Estudio sobre brechas en implementación de la Ley Karin. Disponible en: achs.cl

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